(El Gobierno del PSOE en el Concello de O Barco rechazó por segunda vez esta propuesta)
Moción
que presenta el Grupo Municipal Popular, al amparo de lo establecido
en el articulo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para su debate y, en su
caso aprobación en el Pleno Ordinario del mes de abril.
NUEVAS BONIFICACIONES PARA VIVIENDAS Y LOCALES COMERCIALES EN EL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS(ICIO)
La
Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite que los concellos
establezcan en sus ordenanzas fiscales una bonificación de hasta el
95% sobre la cuota del impuesto a favor de construcciones,
instalaciones u obras que sean declaradas por el Pleno de la
Corporación como de especial interés o utilidad municipal por
concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas
o de fomento de empleo.
Por
eso, bajo este amparo normativo, se podría promover la realización
de obras de rehabilitación y reforma, dinamizando la economía local
con el impulso de importantes sectores laborales, a través de la
aplicación de nuevas bonificaciones en el Impuesto de
Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
De
esta manera, desde el Grupo Municipal Popular, proponemos que todas
las obras de mejora en
las fachadas o cubiertas que se
hagan en cualquier vivienda de O Barco, puedan
beneficiarse de una bonificación del 50% de la cuota del
impuesto. Así mismo, que reciban una bonificación del 75%
todas las obras de reforma de los inmuebles destinados a usos
comerciales o industriales.
Por todo lo
anteriormente expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular
propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente
acuerdo:
Primero.-
El concello de O Barco se compromete a modificar la Ordenanza Fiscal
Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras para
aplicar las siguientes bonificaciones:
-
50% para las obras de mejora de fachada, de cubiertas y sustitución
de canalones que se realicen en inmuebles destinados a viviendas.
-
75% para todos los proyectos de
obra nueva, acondicionamiento o reforma de locales con destino a uso
industrial, comercial o profesional.
Segundo.-
El concello informará de este
acuerdo a las comunidades de propietarios y a las asociaciones de
carácter empresarial y comercial del municipio.
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