24 abr 2013

OTRA SENTENCIA MÁS QUE OBLIGA AL CONCELLO DE O BARCO A READMITIR A UNA TRABAJADORA COMO “INDEFINIDA” DESPUÉS DE SER CONTRATADA EN FRAUDE DE LEY


  • La concatenación de varios contratos temporales en el Servicio de Medio Ambiente obliga al Concello a su readmisión.
  • La contratación de la trabajadora se hizo en fraude de ley desde el primer contrato, y por lo tanto la relación entre las partes fue indefinida.
  • Por la reiteración de contratos, en enero de 2012, otra sentencia judicial estableció que cuatro trabajadoras de Ayuda a Domicilio pasaron a ser “indefinidas”.

O Barco de Valdeorras, 23 de abril de 2013.- La Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 3 de Ourense ha dictado sentencia declarando improcedente el despido de una trabajadora municipal, condenando al Concello de O Barco a su readmisión en las mismas condiciones.

Según los hechos probados, “la trabajadora ha venido prestando servicio para el concello demandado, ostentando la categoría de profesional de Técnico de Medio Ambiente”[...] durante la reiteración de cuatro contratos temporales, desde el 13/09/2006 al 12/09/2007; del 13/09/2007 al 31/12/2009; del 26/01/2010 al 30/04/2010 y desde el 01/05/2010 al 18/12/2012.

El día 29 de noviembre de 2012 la trabajadora recibió una comunicación del Concello en la que “se daba por finalizado el contrato con fecha 18/12/2012 [...] presentando la demandante reclamación previa frente al Concello que no fue contestada[...]”.

Por lo que, la sentencia de 15 de marzo de 2013, determina que la trabajadora, en su demanda contra el Concello de O Barco, tiene razón al considerar su despido como improcedente, ya que “se ha acreditado que la contratación fue en fraude de ley y que por lo tanto, la relación entre las partes fue indefinida”.

Establece la Magistrado-Juez que “siendo una relación laboral indefinida, no era posible extinguir la relación laboral por finalización del contrato y por voluntad unilateral de la parte demandada, debiendo declararse la improcedencia del despido de fecha 18/12/2012”.

De este modo, el fallo estima la demanda y condena al Concello de O Barco “a que a opción de la trabajadora readmita a la actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido a la de la notificación de la presente resolución, teniendo en cuenta que el salario diario es de 58,45€, o le abone la cantidad de 15. 849,30€ en concepto de indemnización[...]”.

Aunque la sentencia concedía cinco días para interponer Recurso de Suplicación, el Concello de O Barco ha optado por no hacerlo y como es natural, la trabajadora, al amparo del artículo 21 del Convenio Regulador ya se ha decantado por volver a su puesto de trabajo.

Moisés Blanco, portavoz del Partido Popular en el Concello, afirma que su grupo muestra el máximo respeto a las decisiones judiciales, como no podía ser de otra manera, y quiere expresar su respaldo a la decisión de la trabajadora “que está en su pleno derecho de defender lo que considera más justo y apropiado”.

Lo que si critica el portavoz popular es la actitud del gobierno socialista de O Barco, que con su “supuesto desconocimiento de la ley” sigue permitiendo que trabajadores/as que comienzan su relación laboral con el concello, a través de contratos temporales, consigan la categoría de “indefinidos” bajo sentencias judiciales.
Recuerda, Moisés Blanco, que en enero de 2012 una Sentencia Judicial establecía que cuatro trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio pasaban de tener contratos temporales a indefinidos motivado por la reiteración de contratos temporales superior a 30 meses.

Por aquel entonces el grupo popular solicitara al gobierno la elaboración de un análisis y estudio de las condiciones laborales de posibles trabajadores que podrían encontrarse en una situación similar sin que la propuesta fuera atendida.

El portavoz popular barquense considera “que estamos ante un ejemplo más de la mala gestión del Gobierno socialista de O Barco en materia de personal, que reitera una y otra vez los mismos errores propiciando los mismos resultados: trabajadores con contratos temporales consecutivos se convierten en trabajadores indefinidos”.

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