11 ene 2013

PROPUESTA PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN DE TERRAZAS


Moción que presenta el Grupo Municipal Popular, al amparo de lo establecido en el articulo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para su debate y, en su caso aprobación en el pleno ordinario del mes de Enero.

 
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN DE TERRAZAS

En la Comisión de Obras celebrada el pasado 13 de marzo, el grupo popular propuso la modificación de la Ordenanza Municipal para la Instalación de Terrazas en la vía pública del Concello de O Barco, con el fin de adaptarla a la nueva realidad en cuanto a las necesidades de los hosteleros de instalar diferente mobiliario en las terrazas, en igualdad de condiciones y con una normativa clara y actualizada.

 
Debido a esa propuesta, en la Comisión de Obras que se celebró el 20 de marzo, se debatieron varias iniciativas que presentó nuestro grupo sin que ninguna haya sido tenida en cuenta. Así mismo, queremos recordar que el Grupo Popular ya había planteado el estudio de posibles modificaciones de la ordenanza en la Comisión de Obras del 17 de enero del 2011 con motivo de la aprobación de la ley que prohibía fumar en los locales.

 
Pese a la negativa e inmovilismo del grupo de gobierno a aplicar modificaciones y nuevas propuestas, la realidad es que el sector demanda soluciones y alternativas como así nos lo han transmitido nuevamente distintos hosteleros de O Barco en estos días de celebración Navideña.  De igual forma, también nos consta que desde la Asociación de Empresarios de Valdeorras se han dirigido al Concello solicitando posibles modificaciones de la ordenanza que permitan la instalación de diferentes tipos de mobiliario y complementos en las terrazas con la intención de que puedan ser utilizadas durante todo el año.

 

Desde grupo popular consideramos que la hostelería en O Barco es un sector importantísimo como elemento dinamizador de la economía local y generadora de puestos de trabajo, y por eso, a través de esta moción, volvemos a presentar varias iniciativas que consideramos importantes.

 

1. FACILITAR Y AGILIZAR LOS TRÁMITES ADMISTRATIVOS

 

-          Elaboración de un padrón de terrazas, con un número identificativo o matrícula que facilite la tramitación administrativa de las solicitudes. Las licencias que se concederán con carácter anual formarían parte de este Padrón en el que permanecerán hasta que no se solicite expresamente la baja por cese en la actividad o cambie de titularidad.

 

-          Renovación automática de las licencias.

 

2. ESTABLECER MOBILIARIO, CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS

 

-          Que la ordenanza contenga un artículo en el que figure el tipo de mobiliario que se podrá instalar así como los diferentes elementos provisionales de cubrición, condiciones de cerramientos, objetos auxiliares como estufas o calefactores etc… con sus características y medidas.

  

3. DETERMINAR DIFERENTES ZONAS DE INSTALACIÓN
 

-          Considerar diferentes zonas de instalación. Tales como: aceras con tráfico rodado, zonas de paseo, semipeatonales o plazas. En función de cada zona adaptar las condiciones del mobiliario o accesorios, separadores o elementos de cubrición permitidos, etc…


-          Ubicación de la instalación. A la solicitud de licencia podría adjuntarse un plano o croquis de la instalación en el que se recoja el tramo de vía afectado por la instalación con detalle de la distribución de mesas y sillas, protecciones laterales, jardineras, parasoles etc…

 

4. FACILIDADES PARA LA INSTALACIÓN EN IGUALDAD DE CONDICIONES


-          Desarrollo longitudinal. Permitir la posibilidad de que, previa autorización o conformidad de los propietarios de fachadas y locales colindantes y siempre que no se dificulte la libre circulación de peatones, la terraza pueda desarrollarse longitudinalmente, sin sobrepasar en ningún caso el número de mesas y sillas adjudicadas. De esta forma se facilitaría la instalación de terrazas a aquellos establecimientos que, por sus características de situación o tamaño, tendrían limitada su instalación en igualdad de condiciones.


-          Tarimas. En casos excepcionales y amparo de los oportunos informes técnicos se podría autorizar la instalación de tarimas sobre zonas de aparcamiento en colindancia con el tráfico rodado que cuenten con orejas de protección.(evitando en todo momento la invasión o el cruce de la calzada)


5. SEGURIDAD Y RESPONSABILIDAD


-          Seguro de Responsabilidad Civil. Pensando en la seguridad y tranquilidad de todos se le podría solicitar al titular del establecimiento que acredite tener contratado un seguro de responsabilidad civil con cobertura a los posibles riesgos derivados del funcionamiento de la terraza.

 

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

 

-El Concello de O Barco se compromete a la modificación de la ordenanza reguladora para la instalación de terrazas al objeto de adaptarla a las nuevas necesidades de los hosteleros de la villa.

  

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